El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó la pesca exploratoria de anchoveta y anchoveta blanca en la zona sur del mar peruano al Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Mediante la Resolución Ministerial N.º 000015-2024-PRODUCE, publicada este jueves en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La decisión, respaldada por el Decreto Ley N.º 25977 y la Ley General de Pesca, se basa en el Plan presentado por el Imarpe, cuyo propósito principal es actualizar la información sobre la distribución espacial de la anchoveta en la región sur del mar peruano, evaluar su estructura por tallas y verificar la posible segregación espacial entre cardúmenes de ejemplares menores y mayores a la talla mínima legal de captura, así como registrar la ocurrencia de otras especies.
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La pesca exploratoria, que se llevará a cabo con embarcaciones pesqueras de cerco de mayor escala, se autoriza por un período de diez (10) días calendario, iniciando a partir del tercer día de publicada la Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano. La zona de pesca abarcará desde los 16º00’ S hasta el extremo sur, fuera de las cinco (5) millas marinas de distancia de la costa.
El desarrollo de la pesca exploratoria estará sujeto a condiciones estrictas, como el seguimiento por parte del Imarpe, la comunicación constante al Ministerio de la Producción sobre su desenvolvimiento y la recomendación de medidas necesarias. Además, se establecen condiciones para las embarcaciones participantes, el desplazamiento constante en el área marítima autorizada, la obligación de cumplir directivas del Imarpe y la participación en el Programa de Vigilancia y Control de las Actividades Pesqueras.
Las capturas obtenidas durante esta actividad serán descontadas del Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE Sur) en la siguiente temporada de pesca en la zona sur. La Resolución Ministerial destaca la importancia de estas acciones para obtener datos científicos que respalden el desarrollo integral y armónico del proceso pesquero en la región.
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Ministerio de la Producción será la encargada de supervisar y controlar la pesca exploratoria, con la facultad de suspender o cerrar zonas de pesca en caso de incidencia de juveniles o enmallamiento.
Luego de haber culminado la pesca exploratoria, el instituto presentará a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura el informe final con los resultados obtenidos en un plazo de 4 días hábiles.
La norma lleva la firma de la ministra de la Producción, Ana Maria Choquehuanca de Villanueva