Por unanimidad, la Comisión de Transportes y Comunicaciones aprobó el dictamen del Proyecto de Ley N° 5562/2022-CR, que propone que el billete de pasaje aéreo puede ser transferido por su titular a otra persona hasta 24 horas antes de la realización del vuelo respectivo, sin costo alguno siempre que las condiciones del contrato se mantengan iguales.
La propuesta, elaborada por el grupo de trabajo que preside Eduardo Salhuana Cavides (APP), busca modificar la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil, sobre el fortalecimiento de los derechos de los usuarios en el transporte aéreo de pasajeros en el marco del artículo 65° de la Constitución Política del Perú.
Se dispone en todos los casos, salvo por caso fortuito o fuerza mayor, que la Autoridad Aeronáutica Civil aplica la penalidad establecida en la tabla de multas que para este efecto apruebe.[Lea también: ¿Quieres saber si el vehículo usado que vas a comprar está como garantía en el banco?]
Además, busca que se evitan hacer solicitudes y trámites por transferencias, reprogramaciones, compensaciones o devolución de pasajes aéreos, molestias y malestar por solicitudes y trámites no atendidos. Además, no pierden el uso del pasaje comprado frente a la imposibilidad de utilizarlo.
La propuesta establece que el Poder Ejecutivo, por medio de la Autoridad Aeronáutica Civil, adecúa la normativa reglamentaria y dicta las medidas correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente ley, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su vigencia.
Otros dictámenes
La comisión también aprobó el dictamen en que se allana a las observaciones del Poder Ejecutivo a la autógrafa del proyecto de ley Nº 3599/2022-PE, ley que promueve la contratación preferente de personal o empresa, local y regional para el desarrollo de actividades económicas circunscritas al transporte de pasajeros y transporte de trabajadores.
Igualmente, aprobó, por unanimidad, el dictamen del proyecto de ley N° 1381/2021-CR, que propone regular el servicio de delivery en vehículos motorizados y no motorizados, y a las empresas proveedoras de servicios de delivery por aplicativo tecnológico móvil.
Asimismo, se aprobó el dictamen de los proyectos de ley 4741/2022-CR y 6040/2022-CR, que plantean modificar la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, estableciendo la Remuneración Mínima Vital (RMV) como base imponible para las multas al conductor de vehículos automotores menores categoría L5.